Reglamento de Evaluación

Marco legal regulatorio: el presente Reglamento Interno de Evaluación, ha sido diseñado conforme a lo referido a Planes y Programas de estudio conforme a la normativa legal vigente emanado del Ministerio de Educación: estos son, el Decreto Nº511/1997, el Decreto Nº158/1999, el Decreto Nº107/2003, el Decreto Nº112/1999 y el Decreto exento Nº 83/2001. Estos Decretos facultan a los Establecimientos Educacionales, para qué en el marco de la Reforma Educacional, elaboren su reglamento de Evaluación y Promoción de los alumnos desde 1ro básico a Octavo Año de Enseñanza General Básica, Primero y Segundo de Enseñanza Media y de Tercero a Cuarto de Enseñanza Media.

1.- Todos los sectores incidirán en la promoción a excepción de: Orientación, Taller de Formación, Consejo de Curso, Taller de Física, Taller de Inglés, Taller de Comprensión lectora, Taller de Orientación Vocacional y Religión. Las asignaturas que inciden en la promoción serán evaluadas con calificación numérica de 2.0 a 7.0. Por otra parte, los subsectores que corresponden a las actividades de libre disposición que tengan directa relación con alguna asignatura del plan de formación general, tendrán incidencia en la asignatura expresada a través de una calificación, tal como se señala a continuación:

  • Taller de comprensión lectora: 1 calificación en lenguaje (de 3° a II° medio).
  • Taller de Inglés: 1 calificación en la asignatura de lenguaje (3° y 4° básico).
  • Religión: 1 calificación en historia (de 3° básico a II° medio); 1 calificación en Filosofía (III° y IV° medio).
  • Taller de apoyo pedagógico: 1 calificación en lenguaje o matemática, según a qué apoyo
  • Taller de Física: 2 calificaciones en química (III° y IV° medio).

2.- Tipos de evaluación: la evaluación debe ser permanente y diversificada.

a.- Evaluación Diagnóstica o Inicial: El Colegio San Juan Diego de Guadalupe concibe la evaluación diagnóstica o inicial como el conjunto de actividades que dan a conocer el grado de desarrollo del estudiante y el conjunto de conocimientos previos que posee en el momento de iniciar el año escolar.

b.- Evaluación Formativa o de Proceso: la evaluación formativa o de proceso son el conjunto de acciones que tienen como propósito monitorear el progreso en el trabajo del estudiante, detectando logros, avances o dificultades con el objeto de retroalimentar la práctica del estudiante favoreciendo el proceso de enseñanza-aprendizaje, teniendo información continua, previniendo obstáculos y evidenciando progresos. Se debe tener en consideración, que acorde a nuestro PEI, la evaluación debe ser diversificada.

c.- Evaluación Sumativa: es una instancia de evaluación que se aplica a un proceso o producto final relacionado a la enseñanza aprendizaje, en las cuales las experiencias educativas adquieren un valor (numérico o conceptual), especialmente como resultado de determinados momentos del año lectivo, como por ejemplo, el término de una unidad.

Esta evaluación tiene por objetivo dar a conocer el grado concreto y real del logro de los alumnos(as) respecto de los objetivos de aprendizaje. En concordancia con nuestro PEI y atendiendo las diferentes capacidades y competencias de nuestros estudiantes, se exige que los procedimientos evaluativos tienen que ser diversificados y adecuados a las experiencias de aprendizaje de los estudiantes.

d.- Prueba o Evaluación coeficiente 2 Semestral: los alumnos deberán rendir una evaluación coeficiente dos en cada semestre, en todos los subsectores de Plan de formación general o diferenciado, en todos los niveles desde 1º básico a IVº de Educación Media. El profesor planifica esta evaluación, seleccionando la unidad que amerite ser evaluada de este modo.

  1. – Evaluación Diferenciada: se considera como evaluación diferenciada, a aquellos procedimientos evaluativos que permiten atender a la diversidad de estudiantes, especialmente aquellos que, en forma transitoria o permanente, presentan Necesidades Educativas Especiales. La evaluación diferenciada persigue los siguientes fines:
    1. Aplicar procedimientos evaluativos adecuados y pertinentes a las necesidades educativas especiales existentes en cualquier grupo
    2. Favorecer el desarrollo potencial de los Aprendizajes esperados en cada uno de los alumnos que presentan Necesidades Educativas sean estas transitorias o
    3. Favorecer que todos los estudiantes desarrollen al máximo sus propias
    4. Asegurar el acceso, participación y progreso de nuestros estudiantes, a través de la normativa legal

3.- Respecto a la eximición: las prácticas pedagógicas siempre deben centrarse en establecer estrategias metodológicas apropiadas para el aprendizaje de todos nuestros estudiantes. En este sentido, si un estudiante presenta alguna necesidad educativa especial, existiendo la evaluación previa y la emisión del certificado correspondiente de algún especialista o bien existiendo el antecedente en el DNEE sobre la situación del estudiante, puede ser eximido en una asignatura o evaluado en forma diferenciada en una o en todas las asignaturas que lo requiera, todo esto evidenciado y respaldado en la existencia de un Plan de Adecuación Curricular Individual (PACI) elaborado entre el/la profesor(a) de la asignatura y el/la Educador(a) diferencial y exponiendo el caso en Coordinación Académica. Cabe señalar que el PACI puede presentar modificaciones a lo largo del año lectivo dependiendo de la evolución que presente el estudiante y las observaciones de los profesionales que son parte del proceso educativo.

4.- Calificación y registro:

  • Las calificaciones y promedios semestrales y anuales se deben aproximar cuando el decimal sea igual o superior a 5. Ejemplo, si el estudiante obtiene un 6,35, se aproxima a 6,4.
  • El porcentaje de exigencia en cada asignatura o taller es de un 60%
  • La escala de calificación de dos a siete (2.0 a 0).
  • La cantidad de calificaciones en cada asignatura queda determinada según los requerimientos de cada una, previo acuerdo con Coordinación académica.
  • Es de absoluta responsabilidad del profesor informar el resultado de las evaluaciones a los estudiantes en un plazo máximo de 5 días desde la fecha de la aplicación, consignando ésta en el libro y en la plataforma virtual
  • Los procedimientos evaluativos deberán ser informados a los estudiantes, al menos, con cinco días hábiles de antelación y los resultados de los mismos serán entregados a los estudiantes en un plazo no superior a 5 días hábiles, con el propósito de que, junto con el docente, puedan analizar las respuestas y detectar los errores

5.- De la situación pendiente de evaluación:

Las situaciones pendientes de evaluación se regularizarán de la siguiente manera:

  1. Por ausencia del estudiante que se no sea justificada, se aplicará el protocolo de aplicación de pruebas rezagadas, en el que se explicita que el estudiante rendirá la evaluación sin previo aviso y en el horario disponible por la persona encargada de esta función.
  2. Por ausencia debidamente justificada a través de la administración de un instrumento de evaluación con fecha comunicada al alumno dentro de un plazo de dos semanas de reincorporado el alumno a clases. Se exceptúan de estas reglas aquellos casos especiales los que serán resueltos por la Coordinación Académica, profesores jefes y profesores de subsectores.
  3. Los casos de inasistencia a las pruebas coeficiente 2 deben ser debidamente justificados por el apoderado (a), presentando algún documento que respalde la
  4. Los estudiantes que no presenten cualquier tipo de actividad evaluada que no se desarrolle en horas lectivas (proyecto escrito, informe escrito, trabajos de investigación, elaboración de algún objeto, etc.) en el plazo señalado por el profesor, será calificado con la nota mínima (2.0) en el mismo día que debió presentarse el trabajo, a menos que el estudiante presente la debida justificación en el plazo señalado para ello (24 horas como máximo).

6.- De la promoción y la certificación: se entiende como la situación final del proceso de aprendizaje cursado por el estudiante, en el año lectivo correspondiente y que puede arrojar como resultado que el alumno repita o sea promovido de curso. Para la promoción, se considera conjuntamente el logro de objetivos y la asistencia. La nota mínima para aprobar una asignatura, módulo o sector de aprendizaje es 4,0 y la asistencia mínima es de un 85%. Se aclara que si un alumno presenta licencias médicas, éstas no anulan las inasistencias, sólo las justifican. La promoción de 1º a 2º año básico y de 3º a 4º año básico es automática cuando las calificaciones y la asistencia lo evidencien, no obstante, la Dirección del respectivo colegio podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado, no promover de 1º a 2º año básico o de 3º a 4º año básico, a aquellos (as) estudiantes que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a lo esperado para su curso y edad. En el caso de la promoción de jóvenes embarazadas o madres adolescentes, existe una normativa especial que establece algunos criterios específicos. (Decreto 79/2005) y que el colegio trabaja en conjunto con Orientación y la coordinación académica, con el fin de resguardar el derecho a la educación.

Respecto al logro de objetivos de Aprendizaje:

  • La nota mínima para aprobar una asignatura, módulo o sector de aprendizaje es de 0
  • Serán promovidos los estudiantes de Enseñanza Básica y Media que hubieren aprobado todos los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de

En Enseñanza básica a II° medio:

  • Serán promovidos los estudiantes que hubieren reprobado una asignatura, siempre que su promedio general sea igual o superior a 4,5.
  • Serán promovidos los estudiantes que hubieren reprobado dos asignaturas, siempre que su promedio general sea igual o superior a 5,0.

En III° y IV° medio:

  • Serán promovidos los estudiantes de los niveles IIIº y IVº medio que hayan reprobado una asignatura, en caso de que su promedio general de notas sea igual o superior a 4,5, siempre y cuando hayan aprobado las asignaturas de Lenguaje y Comunicación y Educación Matemática del plan común.
  • Serán promovidos los estudiantes de los niveles de IIIº y IVº medio que hayan reprobado dos asignaturas en caso de que su promedio general de notas sea igual o superior a 5,0, siempre y cuando hayan aprobado las asignaturas de Lenguaje y Comunicación y Educación Matemática del plan común.

En caso de reprobar lenguaje y comunicación y/o educación matemática del plan común, deberán obtener un promedio general de notas igual o superior a 5,5 para su promoción.

7.- De las situaciones no previstas: al alumno que sea sorprendido faltando a la honradez en un proceso evaluativo, en caso de que:

  • Sea un control escrito: éste le será retirada inmediatamente y se consignará la nota de la evaluación hasta donde haya terminado de contestar, además esta situación deberá registrarse en la hoja de observaciones del alumno del libro de cases, notificada y firmada por el Apoderado en una citación para toma de conocimiento de esta
  • Cuando sea sorprendido realizando plagio, el profesor de la asignatura deberá reunir la evidencia necesaria para acreditar la falta y posteriormente citar al apoderado y al estudiante e informar sobre la nota que obtiene, que corresponde a la mínima 2.0. Esto debe ser informado a Coordinación académica y consignado en la hoja de vida del
  • La entrega, por parte del alumno(a), de una evaluación en blanco y/o la negativa a responder, lo hará merecedor de una calificación correspondiente a la nota mínima.
  • A los alumnos que ingresen al Colegio durante el transcurso del año escolar, se les validarán las calificaciones obtenidas en el establecimiento de origen, siempre y cuando estén debidamente acreditadas y presentadas por el apoderado. De no contar con las calificaciones mínimas que tiene el resto del curso, se debe respetar siempre el promedio de notas que presente del colegio
  • La Dirección del Establecimiento, asesorado por el Consejo de Profesores, y las coordinaciones relacionadas, resolverán las situaciones especiales de evaluación y promoción de alumnos dentro del período escolar correspondiente, tales como:
  1. Las de los alumnos que quieran cumplir con el Servicio
  2. Aquellas estudiantes que sean madres o que vayan a serlo en el corto y mediano
  3. La finalización anticipada del año escolar, debido a causales debidamente acreditadas y documentadas.